Básicamente, hay un vacío legal... Por ende, queda en manos de, primero, los empresarios/publicistas, y después, de los jueces, así que es materia de opinión en cualquier caso.
De todas maneras, me parece muy importante este párrafo:
Es de destacar que la Asociación Argentina de Agencias de Publicidad (AAAP) en su Código de Etica acepta la publicidad comparativa siempre y cuando la comparación sea objetiva, las afirmaciones puedan ser comprobadas y que la comparación no induzca a error
PD: me olvidaba, mi duda surgió de algunos comentarios después de publicar una comparación de precios de impresoras contra Garbarino y Frávega.
Una vez creo que paso con brahma y quilmes, o con alguna marca de cervezas, salio al aire pero la sacaron rapido.
ResponderBorrarComo decis vos, quizas para publicarla no tuvieron problema, pero despues encontraron algun amparo legal para sacarla.
Saludos